HISTORIA

ALJARANDA

El convento franciscano de San Juan de Prado (1)
Más de cien años de la Orden Seráfica en Tarifa (1714-1835) (y II)

Juan A. Patrón Sandoval

7. Las penurias económicas de la comunidad franciscana de Tarifa.

    Con todo, por cuanto se refiere a los bienes y rentas de que disponían los religiosos franciscanos, aquellos no debían ser tan abundantes y así, el 11 de septiembre de 1797, siendo nuevo gobernador de la plaza el entonces teniente coronel Pedro Lobo y Arjona, se vio en el cabildo un memorial presentado por fray José Nogales de la Concepción, guardián del "convento de San Juan de Prado de Franciscos Descalzos" por el que pedía que la ciudad se dignase asignarle algunas limosnas "con que poder sobrevivir a las urgencias en que se hallaba la comunidad por faltarle las cosas de primera necesidad", solicitado igualmente que, en lo sucesivo, se contemplaran también otras que fueran estables al amparo de la obligación que la ciudad tenía contraída con el convento por cuanto hacía tiempo se había comprometido a ayudar a la manutención, tanto del predicador cuaresmal como del maestro de Gramática. Enterada la ciudad se acordó que los caballeros diputados informasen sobre el contenido del memorial para determinar después lo más conveniente (2).

Escudo franciscano que presidía uno de los retablos del convento tarifeño y que actualmente se encuentra en la sacristía de la iglesia de San Mateo. (Foto Juan A. Patrón).

    Desconocemos cuál fue la resolución que adoptó el cabildo a la petición que le hacían los frailes del convento, cuya dotación, efectivamente, se habría mantenido en los 22 religiosos, de los cuales 13 eran sacerdotes, 3 coristas, 3 legos y 3 donados, según consta en las respuestas que la ciudad dio en 1798 al nuevo Interrogatorio que, de cinco en cinco años, cada pueblo debería enviar a los Intendentes de la provincia para que los encargados de la Dirección de Fomento pudiesen renovar los estados de población (3).

    Poco tiempo después, el 18 de septiembre de 1802, ahora bajo la presidencia del alférez mayor perpetuo y teniente corregidor interino, Juan Serrano de Lara y Muñoz, se vio en el cabildo de la ciudad un nuevo memorial, esta vez del padre fray José León de San Nicolás, por el que daba cuenta que el claustro alto del convento se encontraba en estado ruinoso. Para impedir la amenaza del derrumbe y no teniendo el síndico del convento (4) caudal alguno, los religiosos se habrían visto obligados "por si y su breve renta" a pedir limosna, pero al no reunir lo suficiente para realizar la obra fue cuando acudieron a la ciudad suplicándole se sirviera darle "lo que tuviera a bien" para el fin que se proponía. Con todo, enterada la ciudad, el cabildo acordó no dar cantidad alguna al interpretar que no se hallaba facultada para poder hacer otro gasto más que los determinados por el Supremo Consejo de Castilla (5).

Imagen anónima de San Antonio de Padua (siglo XVIII), procedente del convento franciscano y actualmente en la capilla del Sagrario de San Mateo. (Foto Juan A. Patrón). Otra, casi idéntica, la hemos localizado en el retablo de la nave del Evangelio de la Parroquia de Ntra. Sra. de las Nieves en La Algaba (Sevilla).

    Tras sorprenderle la negativa del cabildo, fray José León de San Nicolás, en nombre de su comunidad solicitaba por segunda vez, el 10 de noviembre, que se le auxiliase con alguna limosna para la obra del claustro alto. En opinión de los franciscanos, la limosna que se solicitaba no iba en contra de las supremas órdenes del Real Consejo de Castilla, pues lo que se pedía no era sino la obligación que tenía la ciudad contraída para con ellos, por cuanto al convenirse con la ciudad la fundación del convento en 1727 se hizo a cambio de mantenerse en él un predicador cuaresmal para el púlpito de la Iglesia Parroquial de San Mateo "a cuyo trabajo atendería siempre la ciudad para cuanto fuese del mayor aumento de dicho convento", lo mismo que ofreció la ciudad en 1754 cuando solicitó al Provincial de la Orden el establecimiento de un religioso que enseñase Gramática. Por otro lado, argumentó el religioso que la limosna no iría en contra de las reales órdenes del Consejo de Castilla puesto que: la licencia municipal para la fundación del convento se pidió por orden del Real Consejo, que la vio y aprobó en todas sus partes; que aún así, el mismo rey Carlos III, en una Cédula de 11 de febrero de 1787 mandó expresamente que los pueblos pagasen las limosnas de los sermones al ordenar en su artículo 5º que "no se impedirá a los pueblos que den de su caudal de Propios a los conventos de observantes descalzos de San Pedro de Alcántara y Capuchinos la limosna que comúnmente llaman 'situado' pues procediendo ya por razón de patronato o ya por convenio y ajuste recíproco entre el pueblo y el convento al tiempo de la fundación, permito que cumpliendo los conventos las cargas y obligaciones contraídas en la fundación se les suministre la limosna estipulada y también lo que según constituciones sinodales deba percibir dicho convento en otro cualquier pueblo por los sermones de Cuaresma, Adviento, Semana Santa, celebración de Misas que estén a su cargo y otras festividades del año y encargo al concejo cuide de prevenir en lo que reglamento lo que corresponda al cumplimiento de lo que en este artículo va declarado" (6).

    Finalmente, no sería hasta el 17 de noviembre, al frente ya del gobierno de la ciudad el ahora coronel Pedro Lobo, cuando se vio en el cabildo el segundo memorial del guardián del convento, resolviéndose entonces que, advertida su obligación y la necesidad de la obra del claustro, ante las reales órdenes que se le habían hecho referencia y, más aún, por ser el único convento que subsistía en la ciudad para un crecido vecindario de dos mil o más vecinos que recibían el pasto espiritual de sus religiosos, "no solamente en las confesiones y auxilio de moribundos sino en la predicación cuaresmal y otros extraordinarios beneficios", se le dieran al convento para las obras que expresaban 1.000 reales de vellón de los gastos extraordinarios (7).

    Con todo, el 20 de abril de 1804, esta vez bajo la interinidad del alférez mayor Juan Serrano el cabildo trató de una nueva petición de fray José León de San Nicolás, en la que expresaba que su comunidad se hallaba en la mayor escasez, careciendo de lo más necesario "para pasar pobremente la vida". Solicitaba por ello que, conociendo lo calamitoso del año, la crecida comunidad que constituía entonces dicho convento, así como los beneficios que recibía el público "con el pasto espiritual que daban en el púlpito, confesionario y otros servicios piadosos", se le franquease algún socorro o limosna para el remedio y la caridad. También entonces se acordó que de los gastos extraordinarios se le librasen 300 reales de vellón por vía de limosna, sin que ello sirviera de ejemplo para lo sucesivo (8).

8. La Guerra de la Independencia y el traslado de los franciscanos.

    Cuatro años más tarde, en 1808, las Estadísticas de la provincia franciscana de San Diego en Andalucía, arrojaban como dotación del "Convento del Beato Juan de Prado de Tarifa" un total de 16 religiosos (9). A partir de entonces, tras la ocupación francesa de la Península, la comunidad sufriría los terribles avatares de la Guerra de la Independencia, acuciados tras el avance arrollador del ejército invasor francés por Andalucía, que ya en los días 13 y 14 de febrero de 1810 se habría acercado por primera vez a Tarifa. Poco después, el 21 de abril de aquel mismo año, al igual que lo fueron algunas casas del arrabal de San Sebastián, el convento llegaría a ser incluso ocupado por las tropas francesas en un primer intento por ocupar la plaza, intento que fue rechazado por la guarnición británica destacada desde Gibraltar y que poco antes había llegado a Tarifa.

    Sin embargo, para entonces los religiosos franciscanos se habrían visto obligados a abandonar el convento de extramuros, pasando a residir nuevamente en su antigua Casa Hospicio, a resguardo tras los muros de la plaza, y trasladando la Parroquia Castrense provisionalmente a la iglesia de Jesús, al menos por cuanto se refiere a la celebración de enterramientos, el primero de los cuales se verificó en la que se denominó "iglesia provisional castrense de Ntro. Padre Jesús por la invasión de los franceses" el 24 de enero de 1811 (10). Por cuanto se refiere a la celebración de los bautismos, éstos comenzaron a realizarse en la parroquial de San Mateo "por estar impedida la del convento por la invasión de los franceses" desde casi los mismos instantes en que se producía la ocupación de la Comarca. Así, el primero de ellos se verifica el 21 de febrero de 1810, hasta el 12 de enero de 1811, fecha en que comienzan a celebrarse los bautizos de la Castrense en la Diocesana de San Francisco, manteniéndose aquí hasta el 23 de febrero de 1813 (11).

    Por aquel entonces, marzo de 1811, era guardián del convento y párroco castrense fray José de la Fuente, quien muy pronto vería como el edificio del convento extramuros servía de alojamiento a parte de la brigada británica que en el mes de octubre fue enviada desde Cádiz para reforzar las actuaciones en este frente y que, compuesta por unos 1.340 hombres, ocupó el convento de San Juan de Prado e incluso llegaría a destacar parte de sus tropas a la ermita de la Virgen de la Luz para desahogarlos.

Al fondo, detalle de la espadaña de la que fue antigua iglesia conventual de Santa María desde 1813 a 1835, después de que la comunidad franciscana se trasladara a su antigua Casa-Hospicio, donde permaneció hasta la exclaustración. Fotografía tomada hacia 1930. Antigua postal Edición Ruffo. (Archivo Juan A. Patrón).

    Lo cierto es que los religiosos no volverían a ocupar ya el enorme edificio conventual de extramuros, que tras servir de alojamiento a las tropas aliadas y ser convertido, a finales de aquel mismo año, en un fuerte avanzado mientras duró el largo asedio que las tropas francesas impusieron a la ciudad, finalizado aquél comenzó a ser parcialmente derruido junto al resto del cercano arrabal de San Sebastián. Con todo, la posterior inclusión del convento dentro del proyecto de las nuevas obras defensivas, que habrían de ejecutarse en la ciudad en previsión de un nuevo intento francés por ocuparla, evitó su total demolición. Al respecto, el brigadier Nazario de Eguía, en su informe de 7 de junio de 1812 sobre el Estado de Defensa de la plaza, estipularía que "el convento de San Francisco, proyectado ya para reducto, ya para sólo ser aspillerado, debe irse desarmando de su techumbre, aprovechando todos sus materiales y poniéndolos a la mano para las obras que se están ejecutando, dejando por ahora el piso más a propósito, que considero por tal el principal, para fuegos de fusilería, mientras no esté más consolidada la defensa del frente de Jerez y aún subsista el reducto de Copons, pues construidos los baluartes proyectados, deberían ser demolidos el convento y arruinado el reducto de Copons" (12).

    Aunque no llegaron a concluirse aquellas obras defensivas, como hemos visto sí se había dado comienzo el derribo parcial del edificio del convento, cuya ruina obligó a los religiosos franciscanos a trasladar definitivamente el "Convento de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de Fray Diego titulado de San Juan de Prados" a la Casa Hospicio, que aunque reincorporada al Mayorazgo que fundara el Beneficiado Luis de Morales y Rivera, les habría sido cedida nuevamente por ser acorde a su testamento. Sin embargo, no fue posible entonces que los frailes ocuparan como iglesia conventual la inmediata ermita de Santa María, que aún permanecía ocupada, junto al cercano edificio del Pósito, primero como hospital durante el asedio y ahora como cuartel para alojamiento de la guarnición británica que permanecía en la ciudad (13).

9. El Convento y Parroquia Castrense en la iglesia de Santa María.

    A fray José de la Fuente sucedió como guardián y predicador general del convento fray Bartolomé Villarejo de San Agustín quien, una vez fue desalojada la ermita de Santa María por las tropas británicas a comienzos de 1813, habría trasladado la Parroquia Castrense desde la provisional de Jesús a la de Santa María, sirviendo ésta desde entonces como iglesia conventual de los padres franciscanos descalzos. Muy pronto, el 6 de marzo de 1813 se verificó el primer bautizo de la Castrense en Santa María, convertida ya entonces en la nueva iglesia parroquial del convento (14). Sin embargo, no sería hasta el 6 de octubre que se oficiara el primer entierro castrense en la misma, enterramientos que pasarían también a realizarse en el nuevo "cementerio común o general" que, con el título del Santo Cristo de la Piedad, sería inaugurado, con asistencia de la comunidad franciscana, el día 3 de enero de 1814 (15).

    Finalmente, el traslado de la comunidad franciscana a la Casa Hospicio y de la Parroquia Castrense a la iglesia de Santa María obtuvo la aprobación del arzobispo de Laadicea y obispo de Cádiz y Algeciras Juan Acisclo de Vera y Delgado, quien así lo determinó en la Santa Visita que realizó a Tarifa el 20 de octubre de 1817 (16), cuando era guardián del convento y cura castrense fray Antonio Ortiz de la Concepción.

10. Los intentos de desamortización en el Trienio Liberal.

    Para entonces, las dificultades por las que había atravesado la comunidad franciscana de Tarifa sería la causa por la que algunos de sus miembros comenzaran a refugiarse en el vecino convento de Medina Sidonia, de forma que el número de religiosos que las Estadísticas de la provincia franciscana de San Diego arrojan como dotación del convento tarifeño para el año 1820 se habría visto reducido a 14 (17). No quedando ahí la cosa, con el inicio aquel mismo año del nuevo régimen liberal se habría acentuado la línea constitucional en España. Como consecuencia, las Cortes del Trienio, dominadas por la masonería, acometerían nuevas reformas eclesiásticas encaminadas a proseguir el proceso desamortizador interrumpido en 1814. Así, tras rehabilitar el Decreto de 17 de junio de 1812 –fechado durante la Guerra de la Independencia y por el que ya las Cortes de Cádiz dispusieron la enajenación de bienes de las comunidades eclesiásticas extinguidas o reformadas– (18), se añadió la nueva ley de 1 de octubre de 1820, sancionada por el rey el día 25, por la que se aprobaba la disolución y reforma de las órdenes religiosas, quedando suprimidas las órdenes monacales, los canónigos regulares, los hospitalarios y los freyres de las órdenes militares, sus miembros recibirían pensiones según su edad y sus bienes pasarían a ser propiedad del Estado. Igualmente serían cerrados los conventos que no tuviesen 12 religiosos y que fueran los únicos del pueblo, así como los que llegaran a 24, si había más de uno, prohibiéndose la admisión de novicios y facilitando la secularización.

Lienzo que representa al Buen Pastor Niño. Siglo XVIII. Procedente quizás del convento franciscano y actualmente claveteado en la bóveda de la capilla del Sagrario de San Mateo. (Foto Juan A. Patrón).

    Como consecuencia de aquel primer proyecto desamortizador del nuevo gobierno liberal, sería a finales de 1821, justo cuando la comunidad franciscana de Tarifa se encontraba reducida a tan sólo 10 miembros (19), que se proyectara la supresión del único convento de religiosos existente en la ciudad. En virtud de lo mandado por el gobierno, el obispo de la Diócesis, Francisco Javier Cienfuegos y Jovellanos, encargó al ahora guardián del convento, fray Nicolás Fernández del Señor San José, la elaboración de un informe sobre la situación del centro, que se completaría con las certificaciones que, sobre las cuentas del mismo, realizó el síndico eclesiástico de la ciudad y del acta notarial que expidió el notario eclesiástico Juan Lozano Mechicado, dando fe de la veracidad de cuentas y la lista de clérigos componentes de la comunidad facilitada por el prior (20).

    De la decena de religiosos tarifeños, dos eran predicadores generales, tres sexagenarios, uno de ellos el guardián o prior y los otros cinco todos ellos predicadores, entre los que se encontraba el maestro de Gramática. De los diez, sólo uno pensaba en secularizarse en caso de suprimirse el convento, como habría hecho ya otro fraile franciscano que, aunque todavía conservaba su hábito, venía pernoctando fuera del claustro por encontrarse en vías de secularización y "a quien se veía de noche por las calles de la ciudad, fuera de todo control de la autoridad y de la Regla" (21).

    Según el informe del guardián del convento, éste continuaba ubicado en la Casa Hospicio anexa a la iglesia de Santa María y contaba con quince celdas, refectorio y cocina, una despensa colindante al refectorio, granero para trigo, zaina y otros granos, habitación para recoger las esteras de la iglesia, caballerizas para tres bestias y cuarto para el cuidador de las mismas, un corral, aljibes de buena agua y lugar común (22). Sin embargo, concluía que la comunidad carecía de cualquier erario del que beneficiarse la Hacienda Pública en caso de proseguirse con la desamortización de sus bienes, razones por las que finalmente no se llevó a término (23). Inclusive, en aquellos momentos, debían al síndico eclesiástico una cantidad de 12.600 reales, algo que ratificaría el notario eclesiástico.

Lienzo que representa a la Divina Pastora. Siglo XVIII. Procedente quizás del convento franciscano y actualmente claveteado en la bóveda de la capilla del Sagrario de San Mateo. (Foto Juan A. Patrón).

    Sea como fuera, la comunidad franciscana de Tarifa subsistió a aquel impulso desamortizador del Trienio Constitucional, retornando las cosas a la normalidad tras la nueva restitución del régimen absolutista de Fernando VII.

11. La supresión del Convento y la exclaustración de los religiosos.

    Así las cosas, en marzo de 1827 aparece ya al frente del convento, como su guardián y párroco castrense, fray Alonso Silva de la Pasión, relevado en 1831 por fray Alonso Dueñas, quien, a la postre, se convertiría en el último predicador general, guardián y cura castrense del convento tarifeño de San Juan de Prado (24). En efecto, los desórdenes políticos, la degeneración de la piedad del pueblo, la decadencia de la observancia religiosa en los claustros y otras razones habrían desembocado a la muerte de Fernando VII, ocurrida a finales de septiembre de 1833, en un anticlericalismo que, unido a la crisis económica que sufría la nación, daría origen a que el nuevo gobierno de la regente María Cristina de Borbón, asentado sobre la base de un liberalismo político en progresiva implantación, tratara de encontrar una solución fácil a su bancarrota, apoderándose de los bienes de la Iglesia y suprimiendo todos los conventos y monasterios.

    El hecho agravante de que un amplio sector del clero secular y regular simpatizara con el infante Carlos María Isidro, pretendiente al trono tras la muerte de su hermano Fernando VII, llevó en 1834 a que los liberales comenzaran las medidas contra los regulares que simpatizasen con los carlistas. Y así, el 22 de abril, con el impulso del presidente del Consejo de Ministros Francisco Martínez de la Rosa, la regente establecía la Real Junta Eclesiástica, formada por obispos de tendencia liberal que serían los encargados de llevar a cabo la nueva reforma del clero secular y regular.

    En esto, el 18 de junio se decretaba el nombramiento como nuevo secretario de Hacienda del conde de Toreno, José María Queipo de Llano Ruiz de Saravia, con el que pronto llegarían las primeras medidas conducentes a la desamortización de los bienes de la Iglesia. Estas medidas habrían de ser tomadas en función de la composición de la estructura eclesiástica de España, cuyo conocimiento se obtuvo a través de un real Decreto fechado en Madrid el 5 de julio de 1834 por el que se ordenó a los superiores de cada Orden remitir a la Real Junta Eclesiástica las Estadísticas de sus monasterios y conventos existentes en el país, con indicación del número de religiosos que había en cada uno de ellos y sus clases. Poco después, el 15 de julio, Martínez de la Rosa decretaba la supresión de la Inquisición y sus bienes adjudicados a la extinción de la Deuda Pública.

    Mientras tanto, los más progresistas, unidos a los anticlericales y antirreligiosos, aprovecharon las circunstancias para soliviantar a las masas ignorantes y descontentas en contra de la política moderada del Gobierno y de la Iglesia. Como consecuencia, aquel mismo mes de julio tenía lugar la quema y saqueo de varios conventos de Madrid, matando a los religiosos, a los que se acusaba de haber envenenado las aguas y de que eran los causantes de la epidemia de cólera que se había declarado en la capital. Intentando paliar la situación, muy pronto comenzarían a aparecer decretos por los cuales se daba poder a los gobernadores civiles de provincia para que pudieran suprimir conventos o para hacer imposible la vida a los clérigos. Aquello supuso un nuevo impulso al proceso de desamortización eclesiástica que afectaría directamente a las propiedades de las cofradías y así, será en este contexto donde se enmarca la circular del 21 de agosto de aquel año, publicada por el gobernador civil de Cádiz en el Boletín Oficial de la Provincia del día 22, por la que se exigía a los Ayuntamientos información sobre "los bienes y reglamentos de las Hermandades y Cofradías". Aquel proceso, por cuanto se refiere a los bienes y rentas de las hermandades y cofradías tarifeñas, se habría concluido un año más tarde y el producto de la venta de sus bienes, en principio destinado a la construcción de un nuevo cementerio, invertido en la mejora y reformas del existente camposanto del Santo Cristo de la Piedad o de San Sebastián (25).

Busto de San Francisco de Asís (siglo XVIII). Corresponde a la imagen de candelero o de vestir que, procedente del convento de San Juan de Prado, todavía se encontraba en 1919 en la iglesia de Santa María. Actualmente es propiedad de la familia Labao Sarrias. (Foto Juan A. Patrón).

    Tras la dimisión de Martínez de la Rosa, el 7 de junio de 1835 fue designado jefe del Gobierno el conde de Toreno, quien nombraría para ocupar su puesto al frente de la Cartera de Hacienda a Juan Álvarez Mendizábal. Sin embargo, durante su mandato el descontento en las ciudades iría en aumento, repitiéndose en julio las escenas del año anterior en Madrid, después de que la muerte de cinco milicianos liberales por los carlistas provocara en Reus la nueva quema indiscriminada de conventos y la muerte de 20 religiosos a manos de milicianos progresistas y, poco después, una revuelta anticarlista en Barcelona terminara con la quema de conventos y la muerte de 16 religiosos. En agosto, era la ciudad de Zaragoza la que sufría también el saqueo orquestado de varios conventos y el asesinato de 11 de sus religiosos, reiterándose así los sucesos que ya había padecido la ciudad el 3 de abril, aunque entonces con carácter más local.

    Como quiera que Mendizábal no se habría hecho cargo de la Cartera de Hacienda hasta el 6 de septiembre, correspondió al conde de Toreno, como presidente del Gobierno y secretario de Hacienda interino hasta la llegada del titular, iniciar la verdadera reforma liberal que se le atribuye al primero, para lo cual no dudó en proseguir la desamortización de los bienes eclesiásticos como recurso insoslayable para hacer frente a la penurias del Tesoro, agravadas ahora por los enormes gastos de la Primera Guerra Carlista. Así, es entonces cuando el conde de Toreno, para congraciarse con los liberales más progresistas, inició la trascendental reforma económica que supondría de hecho la renovación del Decreto de 1 de octubre de 1820, sobre desamortización de los bienes de la Iglesia. En efecto, el 30 de junio de 1835, la reina rubricaría un nuevo Decreto, expedido 4 días más tarde, por el que quedaría suprimida la Compañía de Jesús en todos los territorios de la Corona española "por convenir a la prosperidad y bien del estado", adjudicando sus bienes a la extinción de la Deuda Pública. Poco después, el 25 de julio de aquel mismo año, se promulgaba el Decreto por el que se serían suprimidos "los monasterios y conventos de religiosos que no tengan doce individuos profesos, de los cuales las dos terceras partes, al menos, sean de coro", cuyos bienes y rentas serían incautados y aplicados también para sufragar la Deuda.

    La lista existente de conventos que debían suprimirse en razón a tener menos de 12 miembros había sido elaborada en principio por la Real Junta Eclesiástica a partir de los estados ya remitidos por los superiores de cada orden y en ella debía estar incluido el convento de Tarifa, donde la comunidad de religiosos, según los datos facilitados por la Provincia franciscana de San Diego en 1834, la componían entonces 9 frailes (26), es decir, menos de 12 y condenado, por tanto, a ser suprimido.

    En principio, con objeto de evitar daños y deterioros tanto en los edificios como en los restantes bienes, los religiosos debían permanecer y seguir administrando sus conventos hasta que se les ordenara lo contrario, como así debió ocurrir en el de Tarifa. Mientras tanto, como consecuencia del Decreto de supresión de 25 de julio y de cierta desconfianza del gobierno con respecto a la lista de conventos a suprimir, unida a la voluntad de querer llevar a cabo un primer inventario de los bienes, se ordenó a los gobernadores civiles de provincia que solicitaran a los alcaldes de las cabeceras de los distritos judiciales, que le enviaran informes relativos a los conventos existentes en los diversos pueblos, su cabida, institutos que profesaban sus individuos, número y clase de éstos, y noticia de los bienes o recursos para su sustento.

    Así, mientras aún se estarían redactando algunos informes, una orden Circular de 12 de agosto, dirigida a los gobernadores de provincia, establecía las normas con arreglo a las cuales se debía realizar la toma de posesión y la formación de inventarios de cuanto perteneciera a los conventos que debían suprimirse. Dichas normas serían comunicadas al comisionado principal y contador de Arbitrios de cada provincia que, junto con los delegados de la autoridad civil y eclesiástica, serían los encargados de llevar a término las órdenes del gobierno, haciéndose cargo a partir de septiembre de los inventarios y los bienes cuya ocupación inicial se había encomendado a los alcaldes.

    Por cuanto se refiere al convento de Tarifa, todavía el 28 de agosto de 1835 –fecha del último asiento que se realiza en el libro de bautismos de la Castrense, sita aún en "la parroquial del convento"– se verifica que la comunidad de religiosos franciscanos se encontraba en la ciudad, carentes de bienes que desamortizar y a la espera de que el Gobierno Civil de la Provincia ordenara el inminente cierre del centro y la exclaustración de los frailes.

Gráfica de evolución del número de religiosos en el convento tarifeño.

    Finalmente, tras permanecer durante 120 años entre nosotros, los franciscanos Descalzos de Tarifa se vieron expulsados de su convento y, como el resto, despojados de su iglesia, desposeídos de sus bienes e imposibilitados incluso de llevar el hábito de su orden. Para paliar en parte los problemas causados a los religiosos por la exclaustración se ordenó a los obispos que los curatos fuesen ocupados preferentemente por exclaustrados, aún cuando las vacantes eran insuficientes para tantos. En Tarifa, correspondería al hasta ese momento padre Guardián del convento, fray Alonso Dueñas, ya secularizado, ocupar el curato vacante de la parroquia castrense, desvinculada desde entonces de la comunidad franciscana pero que continuó establecida en la iglesia de Santa María, por ser ésta propiedad de la Diócesis. Desde entonces, el religioso firmaría en los libros como "Alonso Dueñas, cura párroco castrense", tal y como se verifica el 24 de octubre de 1835, fecha en la que se reanudaron los apuntes en el libro de bautismos de la denominada ahora como Iglesia parroquial castrense de Santa María (27).

    Lo cierto es que, de no haber ocurrido entonces, la exclaustración del convento tarifeño habría llegado, sin remedio, muy poco tiempo después. En efecto, nombrado el 14 de septiembre Álvarez Mendizábal como nuevo jefe del Gobierno, a la vista de los informes de todo el país y sobre todo habiendo observado "tantos monasterios y conventos faltos del número de canónigos" tras la fuga masiva de los conventos de las grandes ciudades, ahora sí, el 11 de octubre de 1835 publicaba su primer real Decreto en relación con el tema. En el mismo confirmaba la supresión, independientemente del número de profesos que tuviesen, de todos los monasterios y conventos de varones, a excepción sólo de los de órdenes consagradas a la asistencia de enfermos –Hermanos de San Juan de Dios– y a la enseñanza de los niños pobres –Escolapios–, o de las que formaban misioneros para las Filipinas, declarando los bienes de las comunidades, afectos a la Caja de Amortización de la Deuda. De los conventos que se hubieran mantenido tras el Decreto de 25 de julio sólo quedaría abierto uno de la misma orden por localidad, o incluso ninguno si así se decidiera a solicitud del Prelado local o del Ayuntamiento. Y con respecto a los que se encontraban ya cerrados, aunque no fueran de los que debían suprimirse, se dispuso que continuasen en tal estado hasta que se determinase lo contrario en Cortes.

    A la postre, ninguno de los conventos de la antigua Provincia franciscana de San Diego sobrevivió ni fue posteriormente reintegrado a la Orden, todos sucumbieron (28).

REFERENCIAS Y BIBLIOGRAFÍA

(1) Para la redacción de este artículo no se ha podido consultar la documentación de origen eclesiástico y que, procedente del Archivo del convento franciscano de Tarifa, se encuentra entre los fondos del Archivo Histórico Nacional, Sección Clero-Secular-Regular, y custodiada bajo la signatura del Legajo 2.098: "franciscanos menores descalzos", de aproximadamente 214 páginas.
(2) A.M.T. Acta de cabildo de 11 de septiembre de 1797.
(3) Instrucción. De todas las preguntas que deben responder de cinco en cinco años a los Intendentes los pueblos de la provincia para que los encargados de la dirección de fomento del reyno adquieran los conocimientos necesarios para renovar los estados de población. Archivo Histórico Provincial de Cádiz. Gobierno Civil. Censos y Padrones. Caja 269. Citado por CORTES MELGAR, M.F., en Tarifa en los Albores de la contemporaneidad. Servicio de Publicaciones Ayto. de Tarifa. Tarifa 2004. p. 39.
(4) Otro instrumento para preservar el espíritu de pobreza, característico de la Orden franciscana era la figura del "Síndico Apostólico". Éste era una persona externa a la orden, generalmente civil, y que se encargaba en cada convento de la administración económica, de tal manera que los cobros y los pagos debían hacerse a través suyo, y él era quien representaba al Convento en cuantos asuntos económicos había que resolver, ya sea en el cobro de las deudas por las misas establecidas, como en las compras y ventas de propiedades, ejerciendo asimismo la representación en los tribunales para todos los asuntos económicos. En 1786, según el Censo de Floridablanca, en Tarifa habría hasta 3 "Síndicos de religiosos".
(5) A.M.T. Actas de Cabildo, fecha de 18 de septiembre de 1802.
(6) A.M.T. Actas de Cabildo, fecha de 17 de noviembre de 1802.
(7) Ídem.
(8) A.M.T. Actas de Cabildo, fecha de 20 de abril de 1804.
(9) ORTEGA, P.Á. Opus Cit. Tomo VIII. 1917. "Estadísticas de los conventos de la Provincia de San Diego en Andalucía, en 1834". pp. 368-369.
(10) A.P.S.M. Libro 1º de finados Parroquia Castrense. Con todo, cabría reseñar que no todos se habrían celebrado en la iglesia de Jesús, pues el 16 de septiembre de 1811 se verificó un entierro castrense en San Mateo.
(11) A.P.S.M. Libro 1º de bautismos Parroquia Castrense.
(12) EGUÍA, N. Estado de defensa de la plaza de Tarifa. 7 de junio de 1812. Servicio Geográfico del Ejército. Memorias e Itinerarios militares. C-60.22. s/f.
(13) Ibídem. "Estado de la fuerza disponible de la guarnición de la plaza de Tarifa inclusive la de los aliados".
(14) Uno anterior, de fecha 11 de noviembre de 1812, no cita el lugar de bautizo, si bien ya era guardián fray Bartolomé Villarejo.
(15) CRIADO ATALAYA, F.J. "Los cementerios de la ciudad de Tarifa en los siglos XVIII y XIX". IV Jornadas de Historia del Campo de Gibraltar. Almoraima, nº 17. 1997. p. 204. El primer entierro castrense en el nuevo cementerio del Santo Cristo de la Piedad se verificó cuatro días más tarde de su inauguración, el 7 de enero de 1814. Véase A.P.S.M. Libro 1º de finados de la Parroquia Castrense.
(16) Noticias curiosas, s/f. Manuscrito del siglo XIX. Archivo Particular de Jesús Terán Gíl.
(17) ORTEGA, P.Á. Opus Cit. Tomo VIII. 1917. p. 369.
(18) Las medidas implantadas por José I suprimiendo, por ley del 17 de agosto de 1809, las órdenes monásticas, mendicantes y de clérigos regulares, con la incautación consecuente de sus patrimonios, hallaron eco en las Cortes de Cádiz, donde un Decreto de 17 de junio de 1812 dispuso la enajenación de bienes de las comunidades eclesiásticas extinguidas o reformadas. Otras medidas posteriores impusieron a las casas monásticas y conventos la declaración de fincas y rentas que fueron gravadas con una contribución extraordinaria de guerra, destinando el producto a amortizar la deuda del Estado. La restauración del absolutismo en 1814 anuló los decretos y leyes sobre esta materia, lo que significó la anulación de las exclaustraciones y la devolución de los bienes vendidos a los frailes.
(19) CRIADO ATALAYA, F.J. "Nuevos datos …". Opus Cit. p. 22.
(20) Ibídem. p. 21.
(21) Ibídem. p. 22.
(22) Ídem.
(23) Como sabemos, la comunidad no era propietaria del edificio que, en caso de suprimirse el convento, habría pasado de nuevo al poseedor del vínculo de Mayorazgo que fundara el Beneficiado Luis de Morales. Vínculo que, por otra parte, habría sido suprimido por la ley de 27 de septiembre de 1820 por la que el gobierno liberal suprimiría los mayorazgos y vinculaciones (bienes sujetos a vínculo para perpetuarlos en un empleo o una familia determinados; herencia).
(24) A.P.S.M. Libro 1º de bautismos Parroquia Castrense.
(25) Véase CRIADO ATALAYA, F.J. y DE VICENTE LARA, J.I. "Un ejemplo de desamortización eclesiástica en el Campo de Gibraltar: informe sobre las cofradías y hermandades de la ciudad de Tarifa en 1834". II Jornadas de Historia del Campo de Gibraltar. Almoraima, nº 9. 1993. pp. 45 a 56.
(26) ORTEGA, P.Á. Opus Cit. Tomo VIII. 1917. "Número de religiosos de la Provincia de San Diego, con especificación de clases, en cada uno de sus conventos". Manuscrito 2 hojas. Copia del original mandado a la Real Junta eclesiástica, en virtud del Real Decreto, fecha Madrid 5 de julio 1834. p. 369.
(27) A.P.M.S.M. Libro 1º de Bautismos Parroquia Castrense. Se trata de la fecha más temprana en la que se verifica un apunte sin anteponer en la firma a su nombre "fray", apuntes que no se reanudan tras la exclaustración en los otros dos libros de la Castrense hasta el 21 de enero de 1836, en el de Matrimonios, o hasta el 14 de mayo de 1836, en el de Enterramientos.
(28) ORTEGA, P.Á. Opus Cit. Tomo XII. 1919. "1835-1896.- La Exclaustración". p. 290.

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