| PATRIMONIO |
ALJARANDA |
La expropiación de las tierras del duque
de Lerma en 1936
Antonio Morales Benítez
La promulgación de la Ley de Reforma Agraria durante la Segunda República permitió a algunas poblaciones reivindicar la propiedad de las tierras que siglos atrás habían sido sustraídas de los bienes de propios por la nobleza. Sus detentadores tenían la posesión, pero desde los ayuntamientos se discutía su legalidad. La nueva situación legal creada en España tras el 14 de abril de 1931 sería aprovechada por los municipios para intentar el rescate de estas propiedades que se venía reclamando.
La existencia de un viejo pleito entre Tarifa y la casa ducal de Medinaceli recordaba la larga lucha mantenida por la recuperación de las tierras comunales usurpadas por la Grandeza de España. El origen de este pleito estaría en las donaciones de los reyes castellanos a la nobleza a mediados del siglo XV (1). La ciudad iba a reivindicar durante los siglos siguientes la incorporación de Tarifa a la Corona y la devolución de las tierras, ya que el dominio señorial no se podría justificar. Las sucesivas sentencias serían favorables a la ciudad al carecer los nuevos señores de cualquier base legal y no disponer de los títulos de propiedad. Pero la pérdida del señorío no supuso el fin del dominio de la nobleza sobre las dehesas, que la ciudad siguió reclamando.
El pleito continuaba todavía sin resolverse a comienzos del siglo XIX. Y estaría presente en el programa o en la actuación política de los liberales de 1812 y 1820, que al amparo de la nueva legislación activaron el proceso y reclamaron del duque los títulos de propiedad; de los progresistas de 1837 y 1854, que hicieron valer los derechos de los ciudadanos sobre las tierras; de los revolucionarios de 1868 y los republicanos de 1873, que utilizaron la recuperación de las dehesas como bandera de sus reivindicaciones sociales (2); de los masones del último tercio de siglo, que se comprometieron con la causa a través de la participación política en la Corporación municipal de alguno de sus miembros que ocuparon el cargo de Síndico de lo Contencioso y trabajaron para la reanudación del pleito (3); e incluso de algunas corporaciones restauracionistas, como la de 1891, que llevó a cabo una investigación en el Archivo de la Real Chancillería de Granada para efectuar las averiguaciones necesarias que permitieran la continuidad del pleito buscando los derechos que asistían a la ciudad en su reivindicación (4).
Con la llegada de la Segunda República, el Ayuntamiento hacía suyas estas aspiraciones y publicaba un escrito titulado "Como perdieron los pueblos sus bienes comunales" para ser distribuido entre la población que contenía la historia de todo el proceso. La Corporación quería con ello "que todos los vecinos sepan cómo se les despojó de una riqueza que a todos pertenecía". En el texto se denunciaban las irregularidades cometidas por la casa ducal que explicarían la dilación de un pleito que duraba ya casi cuatro siglos (5).
Tarifa era entonces uno de los municipios de la provincia con una mayor concentración de la propiedad. Así, Fernando Fernández de Córdoba Pérez de Barradas, duque de Lerma (6), ocupaba la segunda posición entre los terratenientes de nuestra provincia y tenía sus principales posesiones en este término con un total de 7.274 hectáreas, destacando la finca de Tahivilla con 1.354 hectáreas (7).
Con el nuevo régimen, el Ayuntamiento confiaba en la aplicación de la Ley de Reforma Agraria que anunciaba el Gobierno republicano-socialista. Durante los primeros meses se aprobaron una serie de decretos que pretendían poner en práctica algunas medidas para anticipar la reforma agraria en tanto fuese aprobada la Ley en el Congreso. Esta legislación recogía aspectos tales como la intensificación de cultivos, que permitía la ocupación temporal de las fincas; el laboreo forzoso, que obligaba a los propietarios a cultivar las fincas insuficientemente explotadas; la Ley de Términos Municipales, que decretaba que el ámbito de contratación de la mano de obra fuese el término municipal; o la prioridad de las organizaciones obreras en los arriendos de las fincas para practicar la explotación colectiva de las tierras. Además, el Instituto de Reforma Agraria (IRA) debía financiar algunas de estas iniciativas, aunque el excesivo retraso en la concesión de los créditos, como en general de todo el proceso de aplicación de la reforma agraria, impacientaría a las organizaciones campesinas. Pero el 29 de septiembre de 1933 el alcalde tarifeño Amador Mora Rojas era autorizado por la Corporación para percibir un crédito del Servicio Nacional de Crédito Agrícola destinado a la Sociedad de Obreros de la Tierra y Oficios Varios de Facinas para la intensificación de cultivos (8).
En septiembre de 1932 fue aprobada en las Cortes la Ley de Bases para la Reforma Agraria que establecía trece criterios para la expropiación de las tierras y se disponía la confiscación sin indemnización de las propiedades de la Grandeza de España. La Ley, además, pretendía poner fin al contencioso histórico que sostenían algunas ciudades al posibilitar que se instara al IRA a proceder al rescate de los bienes comunales sustraídos por la nobleza.
La finca de Tahivilla figuraba en el inventario de fincas expropiables, en aplicación de los criterios comprendidos en los apartados 12 y 13 de la base 5ª (9). Pero la reforma fue aplicada por el Gobierno azañista con muchas limitaciones debido a su lentitud y a las dificultades burocráticas. La incautación de Tahivilla se efectuó en agosto de 1934, ya bajo el Gobierno radical, y el primer asentamiento en octubre de ese año, consistente en 70 campesinos en régimen de explotación individual y el aprovechamiento de los pastos en régimen colectivo, contemplándose también la concesión de créditos a los asentados (10).
El cambio de gobierno tras las nuevas elecciones de finales de 1933 supuso un freno a las aspiraciones de los campesinos tarifeños. Así, en enero de 1935 el Sindicato Agrícola de Pequeños Labradores de Tarifa y su Término solicitaba la ayuda económica del nuevo Ayuntamiento presidido por Mariano Moreno de Guerra y Núñez para conseguir el arrendamiento de la finca Tapatana, propiedad también del duque de Lerma. Se trataba de acceder a la explotación de los cultivos en régimen de arriendo y para ello las organizaciones obreras no dudaron en pedir la colaboración de las instituciones. Pero ahora se declinaba la solicitud alegando que se estaba a la espera de la promulgación de una nueva Ley de Arrendamientos que preparaba el Gobierno "y se vea si en ella se concede alguna preferencia a favor de los sindicatos agrícolas" (11). Este proceso culminaba con la reforma de la Ley en noviembre de 1935, la llamada "contrarreforma agraria", y la interrupción de los asentamientos (12). La nueva norma fijaba la devolución de tierras a la nobleza.
Pero tras el acceso al poder del Frente Popular en febrero de 1936, la Corporación municipal formada en Tarifa depositaba de nuevo sus esperanzas en una efectiva aplicación de la reforma agraria para mitigar el grave problema del paro obrero en el término municipal. La recuperación de la Ley en la provincia de Cádiz propiciaba nuevos asentamientos de campesinos en las fincas expropiadas dos años antes en los términos municipales de Arcos, Medina, Alcalá de los Gazules, Jimena, Bornos y Setenil (13). La diligencia que ahora asumía el gobierno se reflejaba en el decreto de 20 de marzo de 1936 que contemplaba un nuevo supuesto que permitía la expropiación de tierras tras su declaración de "utilidad social" por los poderes públicos. Ello posibilitaba nuevas expropiaciones en los términos de Jerez, Castellar y Tarifa.
Efectivamente, en una nueva relación se incluía a las fincas tarifeñas Tapatana, La Haba, Navafría y Acíscar, pertenecientes todas ellas al duque de Lerma; aunque sólo la última era explotada directamente por el duque, estando las restantes en régimen de arriendo. En realidad, estas fincas ya figuraron en el inventario elaborado durante el primer bienio republicano, pero fueron excluidas tras prosperar una reclamación del duque alegando que no podrían aplicarse los criterios contemplados en la base 5ª por estar dedicadas a pastos (14). Pero ahora el nuevo criterio social de la Ley permitía su expropiación.
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| Campesinos andaluces a comienzos de siglo. |
Sin embargo, el hecho de que la Junta Provincial de Reforma Agraria determinara en un primer momento el asentamiento en la dehesa Tapatana de un contingente de campesinos procedentes de Vejer de la Frontera, provocaba la oposición de la Corporación municipal tarifeña al proyecto y las protestas de su primera autoridad ante los órganos competentes. Se quería revocar el acuerdo de la Junta Provincial en favor de los campesinos del término municipal de Tarifa. Así, en la sesión municipal del 3 de abril el alcalde Mora Rojas daba cuenta de sus gestiones ante diversos organismos competentes (15) para hacerles ver "lo improcedente y peligroso del acuerdo (...) y la necesidad de que quedara sin efecto (...) toda vez que hay aquí muchos campesinos que asentar". Y se reunía en Cádiz con los miembros de la Junta Provincial para convencerles de "lo absurdo de su acuerdo y la necesidad de dejarlo sin efecto" (16).
Tras estas gestiones, y la visita del Jefe del Servicio de Reforma Agraria en la provincia a la localidad, Mora Rojas podía anunciar el definitivo asentamiento de 55 campesinos de Tarifa en la dehesa Tapatana, que debían sumarse a los 134 ya previstos en La Haba, Acíscar y Navafría. Y calculaba que de confirmarse estos datos, un total de 189 asentados, "el paro obrero en este campo quedaría definitivamente resuelto". Además, anunciaba la adopción de una serie de medidas para apoyar la explotación colectiva de las fincas, como la adquisición de 600 vacas y de un tractor. Por último, el primer edil hacía público la formación de listas de asentados y animaba a cuantos fuesen campesinos a anotarse en estas listas (17).
Ahora el proceso de aplicación de la Ley se aceleraba, a diferencia del primer bienio republicano cuando la burocracia dilató el proyecto y ahogó las aspiraciones de los campesinos que demandaban una rápida solución a sus problemas. Así, en la sesión municipal del 17 de abril el alcalde invitaba a los miembros de la Corporación a asistir al acto de incautación de las fincas propiedad del duque de Lerma que tendría lugar tres días más tarde. Y ponía especial énfasis en la importancia de este acto, no sólo por lo que significaba en si, ya que aunque las tierras pasaban a manos del IRA en ellas serían asentados campesinos de la localidad, sino porque debía ser considerado como un primer paso para una futura recuperación de la propiedad de unas tierras "en un tiempo pertenecientes al caudal de Propios, y usurpadas después", poniendo fin con ello a un agravio histórico. Esta esperanza se fundamentaba, según Mora Rojas, en la inmediata promulgación de una nueva ley sobre rescate de los bienes comunales (18).
Por ello, a este acto de incautación que llevó a cabo el IRA el 20 de abril en la finca Tapatana acudieron representaciones de las autoridades municipales y de las organizaciones políticas y sociales de Tarifa, integrantes algunas de ellas del Frente Popular. Entre los asistentes estaban el alcalde Mora Rojas y el teniente de alcalde José Chamizo Morando en representación del Ayuntamiento; Francisco Rodríguez Caraballo y Luis Fernández Pestime, presidente y secretario del Sindicato de Pequeños Labradores; Francisco López Navarro y Manuel Paz López, presidente y secretario de la Sociedad de Trabajadores Socialistas de la Tierra; Agustín Medero, secretario de los Trabajadores del Mar, organización adscrita a UGT; Juan Pérez Álvarez, Francisco de Zaro Gil y Juan Cuesta Serrano, de la Agrupación Socialista; José Pérez Pérez, del Partido Comunista; Antonio Sánchez Jiménez, Alonso de Arcos Ruiz de Conejo, presidente y secretario de Izquierda Republicana. La participación se completaba con el Ingeniero Jefe del Servicio de Reforma Agraria en la provincia Ángel Cruz García, el perito agrónomo Manuel Pérez Soto y el representante legal del duque Augusto Alonso y Alonso (19).
Comenzado el acto se hacía saber que el objetivo de la incautación de las fincas no sería otro que "proporcionar tierra a los campesinos de Tarifa". Se reconocía que no se podría efectuar la ocupación material en un solo día al no disponerse de ganado suficiente para iniciar los trabajos y que sólo podrían realizarse labores de barbecho en un tercio de las dehesas ocupadas dado lo avanzado de la estación. Por ello, el IRA se comprometía a respetar temporalmente las ganaderías del propietario y de los últimos arrendatarios, en caso de no interesarles su venta, designando para ello zonas donde sostener las reses hasta que se agotaran los pastos, pudiendo mantenerse allí hasta el mes de septiembre, así como permitir otras operaciones agrícolas que estarían en curso (20).
El administrador y apoderado del propietario intervino para denunciar la ilegalidad del procedimiento emprendido por el IRA y anunciar la interposición de un recurso ante el Tribunal Supremo. Y recordaba que estas fincas ya fueron exceptuadas de la aplicación de la Ley de Reforma Agraria por resolución firme del propio IRA en febrero de 1934 por tratarse de dehesas y no tierras de cultivo. Para Alonso y Alonso el decreto de 20 de marzo de 1936 no habría alterado el marco legal ya que los asentamientos tendrían que regularse conforme a una ley aprobada por el gobierno anterior, la de 9 de noviembre de 1935, que exceptuaba de ocupación las dehesas y monte bajo (21).
En cualquier caso, Alonso y Alonso reclamaba el derecho del propietario a percibir del IRA una renta anual no inferior al 4 por ciento del valor de las mismas, e instaba al Instituto a efectuar su tasación. También hacía constar la existencia de una serie de operaciones para la venta de los productos agrícolas en las tres fincas que el duque tenía arrendadas (22). Así como la permanencia en la finca Acíscar de la ganadería del duque (23), a la que todavía no se le habría buscado destino al considerar que las disposiciones legales "no autorizan la expropiación de las dehesas de pastos en que haya ganado de su dueño". Por lo que, reservándose las acciones legales pertinentes para exigir una indemnización por los posibles perjuicios ocasionados, solicitaba la permanencia en la finca de estas reses hasta que el IRA resolviese el problema.
A continuación, en representación del Ayuntamiento intervenía el teniente de alcalde Chamizo Morando, quien en contestación al representante del duque recordaba que las tierras que ahora se incautaban fueron donadas "con otras más por el rey Sancho IV el Bravo", y que si su actual dueño las poseía era debido "a que las usurpó al pueblo de Tarifa siendo cómplices los caciques de aquella fecha"; e insistía en que el duque no habría podido demostrar en ningún momento su propiedad: "el único título que puede presentar es el posesorio". En vista de ello, Chamizo Morando manifestaba que ya que no se acreditaba la compra de estas tierras al Ayuntamiento, "el único propietario que siempre ha sido", debía reclamarse al duque las rentas de los últimos cinco años que habría percibido "indebidamente".
Por último, intervenía el alcalde Amador Mora Rojas para hacer constar que la mayor parte del ganado acogido en las fincas no pertenecía a los colonos que poseían las tierras sino que habría sido traído de otros términos "para acreditar que dichas fincas sólo pueden destinarse a ganadería". Por otra parte, en Acíscar, donde por primera vez se habría dado trabajo a los campesinos del término tarifeño, al conocerse los proyectos del IRA de incautar la finca para dedicarla a asentamientos se habría intensificado la corta de arbolado en "términos exagerados" y solicitaba una inspección del IRA para evaluar los daños ocasionados a los montes del término municipal y exigir una indemnización. Al mismo tiempo instaba a este organismo a proceder en el menor plazo posible al asentamiento de los campesinos tarifeños "y evitar con ello el paro obrero existente en la localidad".
Tras la incautación, el director general del IRA, Adolfo Vázquez Humasqué, visitaba el término tarifeño el 12 de junio de 1936 (24). Las dehesas pasaban a ser de titularidad pública y en ellas serían asentados campesinos de la localidad. Las autoridades municipales mantenían, por otra parte, sus pretensiones de que pasaran a engrosar los bienes de propios culminado así un contencioso histórico por la recuperación de estas tierras. Sin embargo, la sublevación militar contra la República un mes más tarde provocaría una ruptura con la política agraria de este régimen y un nuevo punto y aparte en este largo proceso, poniendo fin a la experiencia de cuantos soñaron con una nueva organización del trabajo y un reparto más justo de la propiedad de la tierra.
REFERENCIAS Y BIBLIOGRAFÍA
(1) SARRIÁ MUÑOZ, A. "La lucha por la
tierra: breve historia del pleito entre Tarifa y los duques de Medinaceli".
Almoraima nº 9. Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar.
Algeciras, 1993. pp. 181-190. Los orígenes de este contencioso estarían en la
supuesta donación de Juan II al noble don Fadrique Enríquez en 1447 que creó
una cierta ambigüedad, situación que sería aprovechada por los de Medinaceli
para imponer la concordia de 1536 que suponía un gran coste para la ciudad
porque reconocía la posesión señorial de las dehesas Pedregoso, Arráez,
Acíscar, Haba, Navafrías, Arroyo de Cuesta, Tapatana, Tahivilla e Iruelas.
(2) MORALES BENÍTEZ, A. "El Manifiesto de la Junta Tarifeña de
1868". ALJARANDA nº 24. Ayuntamiento de Tarifa, 1997. pp. 20-23. El
Manifiesto de 8 de octubre de 1868 dice que la dehesa de Arráez "si
pertenece al pueblo, del pueblo será" y promete no perdonar medio
alguno para la recuperación de las tierras. Posteriormente, el gobierno
municipal presidido por el republicano Gómez Moure reclamaba a la Casa ducal
los derechos sobre las dehesas.
(3) MORALES BENÍTEZ, A. "Masonería y Política en Tarifa a fines del
siglo XIX", Almoraima nº 13. Mancomunidad de Municipios del Campo
de Gibraltar. Algeciras, 1995. pp. 363-368. La historia de este pleito durante
estos años está asociada a la trayectoria pública de algunos componentes de
la logia local "Bercelius". Así, serían Síndico de lo Contencioso
en el Ayuntamiento los masones tarifeños Gómez Moure, en 1873; Miguel
Ulivarrena Ortiz, en las corporaciones formadas en 1881 y 1884; Manuel Manso
Abreu, en la de 1888, que consigue que se nombre una comisión para "conocer
el derecho que pueda asistir a la ciudad sobre las tierras que posee la casa
ducal de Medinaceli y la del Marqués de Casa Pontejo para entablar pleito",
y posteriormente que sea apoyada una moción que no reconocía "a más
dueño que a los moradores de esta ciudad" y se denunciaba a sus
actuales detentadores por haber roto la concordia "al arrendar tierras
que el municipio reclamaba"; y Francisco Díaz Nutiz, en la de 1894,
que planteaba la formación de una Comisión compuesta por 18 vecinos,
representantes de los diversos sectores existentes en la población, para
conducir en nombre de la ciudad toda la gestión del proceso de reivindicación
de la propiedad de las dehesas.
(4) Archivo Municipal de Tarifa (AMT). Actas Capitulares, sesiones 16 de mayo y
21 de junio de 1891. Tras unas primeras indagaciones realizadas por un abogado
contratado por el Ayuntamiento, se hizo cargo de la investigación en Granada el
concejal Juan Brouquisse Vides. En la sesión del 21 de junio se vio el informe
que elaboró con unos antecedentes del pleito que se remontaban a 1546 y sus
conclusiones. Después de expuestos los resultados de esta investigación, el
concejal Benito manifestaba que "próximo está el día en que
emprendamos las gestiones judiciales contra la Casa Ducal de Medinaceli para
reivindicar los derechos que el pueblo de Tarifa tiene a las tierras de su
campiña", y el Ayuntamiento concedía un voto de gracia a Brouquisse.
Tras ello, el alcalde José Manso Abreu lanzaba un entusiasta viva a la ciudad
de Tarifa que fue secundado por todos los asistentes.
(5) Los detentadores, al no poder alegar títulos de propiedad de las tierras,
habrían incumplido sistemá-ticamente todas las sentencias favorables al pueblo
de Tarifa. Incluso se denunciaba la sospechosa desaparición a principios del
siglo XIX de los cuatro legajos que formaban el expediente con toda la
documentación del proceso.
(6) Los mayores latifundistas de nuestra provincia estarían vinculados entre si
por el apellido Fernández de Córdoba formando diferentes ramas; así, la del
duque de Medinaceli tendría sus posesiones en el término de Castellar, la de
la duquesa de Medina de Rioseco en Alcalá de los Gazules y la del duque de
Lerma en Tarifa. (SÍGLER SILVERA, F. La Reforma Agraria en Espera.
Tréveris. Madrid, 2000. pp. 27-28).
(7) SÍGLER SILVERA, F. Opus cit. p. 22. Este historiador es autor
también de la tesis doctoral inédita "Los proyectos de reforma agraria en
la provincia de Cádiz durante la Segunda República. Repercusiones políticas y
sociales". Dirigida por Javier Tussell. UNED. Madrid, 1996. Y MAURICE, J. La
reforma agraria en España en el siglo XX (1900-1936 ). Siglo XXI. Madrid,
1975. p. 134. El duque de Lerma había declarado en total 11.819‘27
hectáreas.
(8) AMT. Actas Capitulares, sesión 29 de septiembre de 1933.
(9) SÍGLER SILVERA, F. Opus cit. pp. 31-32 y 37. Estos apartados se
referían a terrenos arrendados durante más de 12 años y a las superficies que
excedieran de los límites fijados por la correspondiente Junta Provincial de
Reforma Agraria, que en Cádiz debían fijarse entre 400 y 750 hectáreas para
las dehesas y pastos de labor. En las dehesas tarifeñas, finalmente, este
límite quedaría fijado en 650 hectáreas. Y MAURICE, J. Opus cit. pp.
123-125.
(10) JIMÉNEZ PEREA, F. J. "Tahivilla: propiedad de los campesinos". ALJARANDA
nº 25. Ayuntamiento de Tarifa, 1997. pp. 21-25.
(11) AMT. Actas Capitulares, sesión 4 de enero de 1935.
(12) SÍGLER SILVERA, F. "Tierras de Grandeza". Historia 16,
nº 242. Madrid, 1996. pp. 20-22. Y "La Reforma Agraria que no fue". Diario
de Cádiz. Suplemento Domingo. 27 de marzo de 1994. pp. 14-15.
(13) LOZANO SALADO, L. "El sector agrario: en el laberinto de la
modernidad". En Cádiz, la provincia en el siglo XX (RAMOS SANTANA,
A. Coord.). Diputación Provincial. Cádiz, 2000. p. 90. Y CARO CANCELA, D. El
Jerez moderno y contemporáneo. Diputación Provincial. Cádiz, 1999. pp.
254-258.
(14) JIMÉNEZ PEREA, F. J. "Tahivilla: Proceso de Expropiación". ALJARANDA
nº 24. Ayuntamiento de Tarifa, 1997. p. 24.
(15) Antes de reunirse en Cádiz con la Junta Provincial de Reforma Agraria, el
alcalde tarifeño habría llevado a cabo gestiones telefónicas ante el
Gobernador Civil, el director del IRA, el Ingeniero Jefe del Servicio de Reforma
Agraria en la provincia de Cádiz y los propios miembros de la Junta Provincial.
(16) AMT. Actas Capitulares, sesión 3 de abril de 1936.
(17) Ibídem. Tras su intervención, Mora Rojas recibía el
reconocimiento del resto de los ediles; así, la Corporación por unanimidad, a
propuesta del concejal Núñez Márquez, hacía constar en acta su satisfacción
por las gestiones realizadas por la primera autoridad municipal. Otro concejal,
García Pelicot, propuso la concesión de un "voto de gracias",
que el alcalde rechazó alegando que él mismo "como obrero que es,
aunque intelectual, tiene el deber de velar por la clase obrera, cuyos intereses
estima como suyos y cuyo mejoramiento en todos los órdenes ansía como
propios".
(18) AMT. Actas Capitulares, sesión 17 de abril de 1936.
(19) AMT. Actas Capitulares, sesión 24 de abril de 1936. En esta sesión
municipal se dio lectura al acta de la incautación llevada a cabo el día 20 de
abril.
(20) Entre estas operaciones que estarían en curso se citaba la de carboneo que
a partir de ahora tendrían que sujetarse a las normas dictadas por el Servicio
Forestal del IRA.
(21) Durante el primer bienio republicano la interposición de estos recursos
por parte de la nobleza terrateniente habrían conseguido retrasar el proceso y
dilatar enormemente la aplicación de la Ley.
(22) En concreto, el apoderado del duque hacía constar que las fincas La Haba,
Navafría y Tapatana tenían vendidos los productos de todo el año agrícola a
los señores Núñez y Gallardo a un precio de 90.000 pesetas, "de las
que quedan en esta fecha al propietario cuarenta y cinco mil pesetas".
(23) Alonso y Alonso detallaba esta ganadería propiedad del duque que
permanecería en Acíscar: "ciento ochenta vacas, treinta y nueve
añojos, cincuenta y ocho añojas, siete toros y ciento quince becerros y diez y
ocho vacas más, siendo el número de éstas el de ciento noventa y ocho".
(24) AMT. Actas Capitulares, sesión 12 de junio de 1936. Tras visitar Tarifa,
Vázquez Humasqué acompañado del alcalde tarifeño Mora Rojas se dirigió a la
finca La Almoraima en el término de Castellar.
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