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Terrenos y edificios del poblado de Tahivilla al ayuntamiento de Tarifa
Francisco J. Jiménez Perea
Cumpliendo con lo estipulado por ley, los terrenos y construcciones efectuadas por el IRYDA (anteriormente IRA y INC) en el poblado de Tahivilla, debían pasar a manos de sus nuevos propietarios. Esta cesión tuvo unos pasos o trámites a lo largo de varios años, así como unas consecuencias para los colonos que más tarde analizaremos. Para su mejor entendimiento iremos viendo el proceso según las fechas cronológicas.24/II/1977: El Instituto manda escrito al Ayuntamiento de Tarifa en el que se dice que serán entregadas por acuerdo de la Presidencia del Instituto a la Entidad Menor de Tahivilla o al Ayuntamiento de Tarifa, el Centro Cívico, centro telefónico, tres escuelas, tres viviendas de maestros, tres viviendas empleados, cementerio, abastecimiento de agua, alcantarillado, pavimentación de calles y un bosquete. Con lo cual, dará comienzo todas las obligaciones que conlleva (art.78 Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, Decreto 118/1973 de 12 Enero, B.O.E. Nº3O de 3/11/1977).
5/III/1977: El Ayuntamiento comunica al Instituto que tras reunirse la comisión informativa de bienes y montes el 2 de marzo de ese año, toma una decisión favorable a la entrega provisional al Ayuntamiento previo informe técnico de las comisiones.
17/III/1977: El secretario del Ayuntamiento certifica que en la cesión ordinaria de esa fecha, se acuerda por unanimidad que el IRYDA subsane los defectos del servicio de agua, instalándose los contenedores, pavimentación, edificio del Ayuntamiento pedáneo, escuelas, etc, tras lo cual se volvería a tratar el asunto ya que el Ayuntamiento no puede hacerse cargo en el estado actual de los citados bienes.
17/XI/1977: En una sesión ordinaria en Tarifa, se comunica que el IRYDA ha subsanado las anomalías, acordándose por unanimidad aprobar en principio la recepción provisional de dichas instalaciones previo informe del aparejador, cuya certificación se envía al instituto el 24 de ese mismo mes.
24/XI/1977: El alcalde de Tarifa manda escrito al IRYDA solicitando se hagan formales los rumores de la cesión de solares en Tahivilla para Tarifa.
5/XII/1977: El IRYDA se da por enterado del acuerdo del pasado 17 de noviembre, quedando en espera del informe favorable del aparejador y del nombramiento del funcionario para las firmas de las actas.
2-21/XII/1997: El IRYDA manda escrito en el que se dice que el ofrecimiento de los solares serían en compensación por los posibles gastos de conservación de los bienes que ya se han ofrecido al ayuntamiento y que están a la espera de su aceptación por la corporación municipal, la cual fue aprobada en recepción provisional según sesión ordinaria del 17 de noviembre. Una vez recibida la aceptación total de los bienes ya citados, se procederá al ofrecimiento de los terrenos.
11/I/1978: El aparejador da su aprobación a la recepción de los bienes a excepción de una casa de maestro que presenta grietas.
19/I/1978: Se reúne en sesión ordinaria el Pleno para hacerse cargo de los edificios y demás servicios cedidos por el IRYDA tras el informe técnico, facultando al alcalde su capacidad para firmar las actas. Esta decisión es comunicada al Instituto el 23 de ese mismo mes.
1/II/1978: El ingeniero jefe de la Delegación de INC de Jerez entrega provisionalmente al alcalde pedáneo el Ayuntamiento y tres viviendas profesionales.
7/III/1978: El alcalde de Tarifa solicita al Instituto la cesión gratuita de los terrenos sobrantes del casco urbano para la construcción de viviendas sociales por el INV, tras la entrega de viales, servicios y edificios. A esto contesta el Instituto afirmativamente con escrito del 16 de ese mismo mes.
17/VI/1978: Se firma la entrega provisional de los edificios (construidos según Orden Ministerial del 14/II/52, BOE nº 51, 20/II/52, como de interés social), según lo estima el artículo 61 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y el articulo 78 para su entrega. Se entrega el Ayuntamiento, cementerio, camino acceso cementerio, viales, dos escuelas con dos aulas, tres viviendas de maestros, tres viviendas profesionales, un centro social, abastecimiento de agua y alcantarillado. A los edificios se les debe aplicar el Real Decreto 1761/1977 de 17 junio (BOE 168, 15 julio). A su vez, el Instituto según el artículo 4 del Real Decreto 1761/1977 de 17 junio, puede ceder a su vez otros bienes, siendo éstos también con carácter gratuito. Estos otros bienes son un bosquete de 20.000 m2 y seis solares al norte del pueblo con 2340, 1764, 1764, 882,1044, 1044 y 2069 m2. Por lo cual se ruega comunique su decisión al Instituto, sea favorable o no. Esta entrega se haría para subsanar los gastos de los edificios entregados.
29/VII/1978: El alcalde manda escrito al Instituto donde solicita se tramiten las escrituras de los edificios, recordándoles que se había producido la omisión del bosquete en las cesiones provisionales anteriores y que si habían constado en otros escritos anteriores (24/II, 12/XII 1977), y le reitera al ingeniero jefe su deseo de recibir el bosquete y los solares urbanizados.
El alcalde de Tarifa manda escrito al alcalde pedáneo de Tahivilla comunicando la entrega del IRYDA al Ayuntamiento de Tarifa los servicios anteriormente nombrados, así como la entrega futura del bosquete y los solares. Según el articulo 107 de la ley de Régimen local la Entidad local menor debia de hacerse cargo de: construcción, conservación y reparación de fuentes, lavaderos y abrevaderos. La policía de caminos rurales, montes, fuentes y ríos. Limpieza de calles. Administración y conservación de su patrimonio, incluido el forestal y la regulación del aprovechamiento de sus bienes comunales. La ejecución de obras y la prestación de servicios comprendidos en la competencia municipal y de exclusivo interés de la Entidad, cuando no lo tenga a su cargo el respectivo municipio. Por lo cual, el Ayuntamiento de Tahivilla tiene que reunirse con su Junta Vecinal para acordar si desean hacerse cargo de esos servicios que han sido entregados o cedidos al Ayuntamiento de Tarifa, aunque será este último quien tome la última decisión.
7/VIII/1978: Informe de la policía municipal de Tarifa sobre los edificos: Ayuntamiento: Utilizado por el alcalde. El porche lateral izquierdo por Gonzalo Franco Rodríguez por 500 ptas. Para bar y el derecho por el mismo para vivienda por 2.000 ptas. En él está instalado correos, dos habitaciones para la limpiadora Isabel Utrera; y otra habitación por Dolores Sánchez con una papelería.
El IRYDA se hace cargo de la limpieza de los edificios públicos y de los viales los vecinos. Limpieza de cementerio y administración el Ayuntamiento de Tarifa.
Viviendas de maestros una por Daniel Gómez, otra por María de los Angeles Márquez y la tercera por Antonio Alba Barrios, vecino del pueblo que le ha sido cedida por IRYDA temporalmente.
Viviendas de profesionales ocupadas por Mariano Romera, guarda del Instituto y sin pago; Pedro Machuca, ATS por 750 ptas. Pero actualmente nada por haber reparado él personalmente la vivienda; Francisco Lara, en alquiler por 350 ptas. En la planta alta vive Pedro Perea gratuitamente.
18/IX/1978: Acta de la sesión extraordinaria de la Junta vecinal de Tahivilla. Siendo las 20 horas se reúne la Junta vecinal para tratar un único punto: decidir, tras la lectura del escrito del señor alcalde de Tarifa del 29/VII/78 por el que se traslada fotocopia de escrito recibido por el IRYDA (no aparece), en el que se hace entrega al Ayuntamiento de Tarifa de los edificos y servicios, según lo preceptuado en el articulo 107 del Régimen Local, si interesa a la entidad hacerse cargo de los servicios o cederlos por el contrario al Ayuntamiento de Tarifa. Se decide por unanimidad sea el Ayuntamiento de Tarifa quien se haga cargo de los servicios, del mantenimiento de los edificios cedidos, y como contraprestación, perciba los derechos y tasas que vienen establecidos en las Ordenanzas Municipales. Actuaron como alcalde Juan Rodríguez Ochoa, como vocales Diego Bermúdez Perea y Juan Muñoz Rodríguez, y como secretario Antonio Pardal Rivas.
19/IX/1978: Se reúne la comisión informativa de bienes y montes por el que se hace lectura del acta de la Junta Vecinal de Tahivilla. Se acuerda aprobar y acordar la inscripción de estos bienes en el registro o inventario de bienes.
22/IX/1978: El pleno del Ayuntamiento acuerda proceder a dar las órdenes oportunas para llevar a cabo los servicios a Tahivilla, dándoseles de alta en los padrones y demás documentos cobrativos de derechos y tasas por la prestación de estos servicios (agua, alcantarillado, basuras).
19/X/1978: En sesión del Ayuntamiento de Tarifa se acuerda solicitar al IRYDA todos los planos y documentos sobre Tahivilla para la identificación más perfecta de todos los bienes inventariales.
31/X/1978: La Comisión Municipal Permanente acuerda hacerse cargo de los gastos de electricidad del centro telefónico, recibo teléfono Ayuntamiento Tahivilla, 3.500 ptas., de la limpiadora Isabel Utrera, basurero-barrendero Francisco Lara.
6/XI/1978: El alcalde comunica al interventor el cobro de las rentas desde el mes de julio de 1978.
15/XI/1978: El alcalde manda escrito al IRYDA solicitando reparen las farolas ya que desde hace tiempo estaba comprometido en ello, a lo cual contesta el IRYDA el 18/XII del mismo año afirmativamente.
11/VI/1979: Comunicado del IRYDA con la aprobación del 25/IV/79 sobre la cesión y entrega de los edificios.
12/VI/1979: El alcalde envía escrito solicitando la entrega de 6 solares y un bosquete de 20.000 metros cuadrados tras enviar un escrito aceptándolos el 29 de julio de 1978, y además que se agilicen lo antes posible los trámites ya que se está en espera de la construcción de viviendas sociales.
15/VI/1979: Se recibe escrito del Instituto (11/VI/79) solicitando al secretario del Ayuntamiento la certificación correspondiente del alcalde para la firma de las escrituras, lo cual se lleva a cabo mediante escrito del 2 de julio de ese año según sesión ordinaria del 24 de junio.
21/VI/1979: Se reúne en sesión ordinaria acordó autorizar al Alcalde para recepción de los diversos edificios y servicios de Tahivilla, según comunicación del IRYDA del 25 de abril de ese año.
22/XI/1979: Se redactan las escrituras públicas de
los solares con edificaciones. Actúa como notario Alfonso Casasola Tobías. El IRYDA
estaba representado por Miguel Holgado Rete y el Ayuntamiento de Tarifa por Manuel Pérez
de Castro. Se segregan de la finca Tahivilla siete solares con edificaciones, pasando la
finca de 1.352-32-05 Has. A 1.351-51-87-67 Has. Estos solares son:
1º Solar 794,88 m2 (119.232 ptas.) Con edificio
Ayuntamiento (395.694 ptas.)
2º Solar 652,50 m2 (97.875 ptas.) Con tres viviendas
profesionales (349.400 ptas.)
3º Solar 1.171,60 m2 (174.240 ptas.) Con escuela y vivienda
maestro (330.376 ptas.)
4º Solar 251,82 m2 (37.773 ptas.) Con vivienda maestro
(119.272 ptas.)
5º Solar 885 m2 (132.750 ptas.) Con escuela y vivienda
maestro (1.539.621 ptas.)
6º Solar 1.000 m2 (50.000 ptas.) Con cementerio (863.041
ptas.)
7º Solar 242.60 m2 (21.390 ptas.) Con centro social
(2.677.815 ptas.)
Miguel Holgado cede gratuitamente las siete fincas con las mejoras, recibiéndolas Manuel Pérez y debiéndolas destinar a los fines para los que fueron construidos.

Imagen actual del poblado de Tahivilla. (Foto M. Rojas)
5/X/1979: El alcalde de Tarifa comunica al ingeniero jefe de la oficina del IRYDA en Algeciras que el 17/VII/1978 se hizo cargo el Ayuntamiento del Servicio de abastecimiento de agua de Tahivilla, pero para que sea "completa y eficaz" necesita la propiedad de los terrenos donde están los nacimientos de agua, así como saber la situación de otros terrenos colindantes con nacimientos.
19/XII/1979: Se redactan las escrituras públicas de siete solares y un bosquete. Actúa como notario Alfonso Casasola Tobías, por parte del IRYDA Miguel Holgado Rete y por el Ayuntamiento de Tarifa Manuel Pérez Castro. La cesión es para atender los fines generales del Instituto y del nuevo poblado. Se debe pedir autorización al Instituto si se cambian los fines de estos solares. Los solares son de 2.340 m2 (882 ptas.), 1.764 m2 (665 ptas.), 882 m2 (332 ptas.), 1.044 m2 (393 ptas.), 1.044 m2 (393 ptas.), 2.069 m2 (780 ptas.) Y un bosquete de 20.000 m2 valorado en 7.536 ptas. La finca pasa ahora a tener 1.348-42-80-67 Has. Con estas cesiones.
15/II/1980: El alcalde pedáneo Francisco Castro comunica al alcalde de Tarifa el mal estado de las alambradas de los terrenos de los nacimientos, solicitando su reparación.
23/II/1980: El alcalde pedáneo señor Castro remite escrito al de Tarifa proponiendo una serie de mejoras en el poblado.
3/III/1980: El alcalde reitera su escrito del 15/X/79.
8/IV/1980: Se recibe escrito del IRYDA con fecha del 7/IV de ese mismo año donde se comunica que tras la inscripción de la parcela Dehesa del Haba, se envía el Edicto expedido por el registrador de la propiedad de Algeciras para su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (según articulo 298 del Reglamento Hipotecario).
14/IV/1980: El IRYDA comunica la situación jurídica de los terrenos de los manantiales ocupados mediante el Acta del 13/X/1962 por el INC. También comunica el remite a Madrid de la propuesta de cesión gratuita a ese Ayuntamiento de dichos terrenos.
22/IV/1980: La Comisión Permanente de Tarifa se da por enterada del escrito del 8/IV/1980.
12/VI/1980: Se comunica que la Presidencia mediante escrito del 27/V de ese año cede gratuitamente a Tarifa las fincas Dehesa del Haba con 31-97.00 Has., Huerta del Haba con 7-62-75 Has., y la superficie ocupada por la tubería con 1-24-00 Has., por un valor total de 2.128.393 ptas. Estos bienes fueron aceptados por la Corporación en Pleno el 19/I/1978.
19/VI/1980: El Ayuntamiento de Tarifa en sesión ordinaria da su aprobación por unanimidad para que el alcalde firme la escritura pública de la cesión de los terrenos de los manantiales. Esta decisión es comunicada al IRYDA el 26/VII/1980.
21/VII/1980: Se realiza escritura pública de los
terrenos de los manantiales de Tahivilla. Actúa como notario Alfonso Casasola Tobías,
por el IRYDA Miguel Holgado Rete y por el Ayuntamiento de Tarifa Manuel Pérez Castro. Los
terrenos son los siguientes:
Dehesa de la Haba, con dos parcelas. La primera con 31,97 Has., dos
manantiales y un abrevadero. La segunda con 1,24 Has., para conducción de tuberías. El
valor total es de 934.636,50 ptas. El valor de las obras de captación y conducción de
aguas es de 858.878,46 ptas
Huerta en la mesa de la Haba, con 7-62-75 Has., con un valor de
374.877,70 ptas. Expropiada como zona de protección y captación.
La cesión de estos terrenos no afectó al total de la finca ya que su expropiación fue posterior al Plan de colonización primero y sin cargo a los colonos.
23/II/81: El IRYDA remite al Ayuntamiento las escrituras de los terrenos de los manantiales.
4/III/81: Se reúne la Comisión Informativa de Bienes y Montes de Tarifa para dar el alta al Inventario Patrimonial de Bienes del Ayuntamiento.
24/III/1981: El Ayuntamiento acuerda aceptar las fincas y darlas de alta en el Inventario Municipal de Bienes.
7/VI/1982: Se remite a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir el análisis biológico y clínico del agua del poblado con calificación de agua aprovechable según análisis de José Checa el 5/VI de ese año.
16/II/1983: El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo envía escrito al Ayuntamiento de Tarifa comunicando resolución del Consejo de Ministros del 16/II/83 por la cual se aprueba el proyecto para mejora del abastecimiento de agua para Tahivilla, por un importe de 5 millones de pesetas, y subvencionado al 100%. El Ayuntamiento en sesión extraordinaria del 8 de abril se da por enterado y aprueba el proyecto.
18/X/1984: Se reúne en sesión ordinaria el pleno
del Ayuntamiento de Tarifa adoptando lo siguiente:
1º Quedan pendientes de entregar el Bosquecillo, seis solares, camino
de acceso al cementerio, viales del poblado y abastecimiento de agua. Se solicita su
entrega final así como la documentación que acredita a Tahivilla como Entidad Local
Menor según articulo 25 de la Ley del Régimen Local. Se crea una comisión encabezada
por Joaquín Rondón para la cesión del Bosquecillo y solares.
2º En la escritura del 22/XI/79 compromete al Ayuntamiento en el uso
de los edificios donados, no pudiéndose destinar a otros fines. Se solicita por ello la
anulación de esta condición.
3º La vivienda de Pedro Machuca está siniestrada por un incendio. Al
no estar asegurada, se hace cargo el Ayuntamiento de los gastos de reparación por
encontrarse registrada como propiedad del Ayuntamiento.
4º Solicita el deslinde y amojonamiento de la entidad.
13/XI/1984: Se envía escrito al Instituto de Jerez para comunicar la recepción gratuita de las escrituras del Bosquecillo y solares pero al tratarse de fotocopias no se observa el número de registro, solicitándose sean enviados los datos para su inscripción en el Registro de Inventario Municipal.
15/XI/1984: En sesión ordinaria se adoptó aceptar los seis solares y el Bosquecillo y su inscripción en el Inventario de Bienes del Patrimonio.
De todos estos datos obtenidos, podemos observar varias cuestiones o puntos para su análisis. Dicho análisis no pretende en este artículo ser extensivo o entrar en una dinámica sobre la polémica de lo que fue o pudo haber sido. Tratarán de unas afirmaciones en interrogantes que no han podido ser contestadas y que aún hoy continuan a la espera de ello.
Para comenzar, decir que el escrito del 24/II/1977 del IRYDA hace referencia a la posible donación de las edificaciones y los solares a Tahivilla o a Tarifa, en compensación por los posibles gastos de conservación de los bienes. Es decir, cualquiera de los dos organismos podrían haber asumido esa donación y sus funciones posteriores. Aparecen posteriormente escritos del Ayuntamiento de Tarifa sobre su aceptación de la donación, pero nada por otra parte de la voluntad del pueblo de Tahivilla. Dicha voluntad no aparece hasta el 18/IX/1978, en su Junta vecinal. Si observamos este escrito podemos ver cómo prácticamente viene casi impuesto al cese de los solares a Tarifa en el propio escrito del Ayuntamiento. Pero por otra parte, se trata de una Junta Vecinal, órgano político de la Entidad Local Menor creada por el Decreto 26/X/56, y no de la voluntad de los propietarios o colonos de la finca. Es decir, la finca fue amortizada íntegramente por los colonos en los plazos marcados por Ley, y el Instituto construyó edificaciones públicas en alguno de sus solares. Así que, ¿un órgano político administrativo se atribuyó la voluntad general de un "órgano privado", la Junta de Colonos? Cierto es que en ocasiones, la Presidencia de dicha Junta y la Alcaldía fueron ejercidas por la misma persona, pero no por ello debieron confundirse las funciones. De tal forma que, ¿no se debería haber pedido la autorización de los propietarios tal y como sucedió en la cesión de terrenos para el INV? Por otra parte, el IRYDA, ¿no debería haber tenido presente que los solares donde había edificaciones públicas (Ayuntamiento, escuelas, etc.), aún no habiendo sido éstas amortizadas por los colonos pero si sus solares, hubiesen repercutido en la propia Entidad o en la Junta de Colonós como propietarios; y de igual modo aquellos otros solares sin edificaciones?
BIBLIOGRÁFIA Y REFERENCIAS
- Expediente Tahivilla a Ayuntamiento Tarifa
- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Tahivilla, proceso de expropiación, ALJARANDA, núm.
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- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Tahivilla, propiedad de los campesinos, ALJARANDA, núm.
25, Tarifa, 1997, págs. 21-25.
- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Tahivilla, el poblado (I). ALJARANDA,
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- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Tahivilla, el poblado (II). ALJARANDA,
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- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Romería de Tahivilla. ALJARANDA, núm.
30, Tarifa, 1998, págs. 23-26.
- JIMÉNEZ PEREA, F.J., Tahivilla de elm a ela. ALJARANDA, núm.
31, Tarifa, 1998, págs. 14-16.
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