FRANQUICIAS Y PRIVILEGIOS

ALJARANDA

Alfonso XI concede el perdón a todo reo que habite en Tarifa un año y un día.
Dado en burgos el 10 de noviembre de 1334.

... por esta razón, tenemos por bien que todos aquellos omes e mugeres, que fueren morar a la dicha nuestra villa de Tarifa por sus cuerpos, commo dicho es e en la dicha nuestra carta se contien, e servieren y un anno (e un dia e dieren) fiadores para lo servir continuadamente en la dicha villa, del dia que dieren los fiadores fasta el anno complido, que les vala la dicha merçed e les esa guardada, asi a los que ovieren servido al anno e dia commo a los que lo estivieren serviendo, commo a los que fueren en manderia o por serviçio del alcaid o del conçeio con sus cartas e con el traslado de las nuestras cartas commo dicho es a alguna parte. Por que vos mandamos, vista esta nuestra carta o el traslado della signado de escrivano publico e sacado con otoridat del alcalle o de jues segund dicho es, que qualquier que mostrar los traslados desta e de la otra dicha nuestra carta signados commo dicho es, e carta del conçeio e de los alcalles e del alguasil de la dicha villa de Tarifa, e otrosi carta del nuestro alcaid que  y estiviere por nos, o del que por el estiviere, en que se contenga que an servido o an dado fiadores para servir un anno e un dia en la dicha villa por sus cuerpos continuadamient commo dicho es, que quanto por la nuestra justiçia e por el nuestro omesillo que los non prendades nin matedes nin les tomedes ninguna cosa de lo suyo, si en los malefiçios que fisieren non y oviere aleve o traiçion o caso de herege.

Trancrito por ELISEO VIDAL BELTRAN. Tomado del libro de José y Jesús DE LAS CUEVAS. Los mil años del Castillo de Tarifa. Páginas 98, 99, 100, 101.

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